Artículo
44.—Entrega de los residuos valorizables. El usuario tendrá las
siguientes opciones para entregar los residuos valorizables:
a)
Ruta de recolección de residuos sólidos valorizables puerta a puerta brindada
por la Municipalidad en ciertos sectores del cantón.
b)
Centros temporales de recuperación establecidas periódicamente y autorizadas
por la Municipalidad (campañas de recolección).
c)
Centros de Recuperación de Residuos Valorizables reconocidos por la
Municipalidad.
d)
Gestores de residuos autorizados y registrados ante el Ministerio de Salud y
con la licencia comercial respectiva.
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