CAPÍTULO VII
Otros servicios relacionados con el ornato y aseo del
Cantón
Artículo 64.—Mantenimiento de zonas verdes. La
Municipalidad podrá brindar el servicio de mantenimiento de zonas verdes en
lugares donde existen áreas de parque, juegos infantiles, zonas comunales sin
construir y zonas de protección de ríos y quebradas, siempre que sean propiedad
municipal. El servicio consiste en corta de césped, recolección de residuos
producto de la limpieza de áreas de parque, juegos infantiles y áreas de
facilidades comunales sin construir.
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