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 Normativa >> Reglamento municipal 407 >> Fecha 06/08/2015 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento municipal 407 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Competencias municipales en la Gestión Integral de Residuos Sólidos. De conformidad con la legislación vigente, la Municipalidad es responsable de las siguientes competencias relacionadas con la Gestión Integral de Residuos Sólidos:

a) Elaborar, implementar y actualizar el Plan Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos del Cantón.

b) Elaborar los reglamentos municipales para la GIRS en concordancia con las políticas nacionales.

c) Realizar la gestión integral de residuos sólidos ordinarios de acuerdo al orden de jerarquización establecido en la Ley N°8839, Ley para la Gestión Integral de Residuos.

d) Realizar campañas educativas de sensibilización e información para fomentar la GIRS, y principalmente promover la creación de una cultura de separación de residuos en la fuente y la limpieza de los espacios públicos.

e) Garantizar que en su territorio se provea el servicio de manejo de residuos sólidos de manera periódica y eficiente para todos los generadores, así como establecer e informar a la población las rutas, horarios y periodicidad en que se prestará el servicio público de Manejo de residuos sólidos.

f) Organizar administrativa y operativamente los servicios públicos de manejo de residuos sólidos.

g) Promover la operación de centros de recuperación de residuos valorizables, tanto de iniciativa municipal, privada o en alianza entre ambos sectores.

h) Promover la colocación de contenedores para la recolección selectiva de residuos valorizables y no valorizables en lugares accesibles a la población.

i) Seleccionar la tecnología de tratamiento y disposición final de los residuos sólidos ordinarios de acuerdo a las opciones económica, técnica y ambientalmente más favorable y basada en lo establecido en la legislación nacional.

j) Eliminar y prevenir la aparición de vertederos en el Cantón.

k) Asegurar la infraestructura necesaria para brindar los servicios que permitan realizar la GIRS.

l) Promover la coordinación con empresas, cooperativas y otras organizaciones públicas y privadas, para que se integren en el proceso de gestión de los residuos.

m) Aprobar, aplicar y mantener actualizadas al menos de manera semestral las tasas correspondientes al servicio de manejo de residuos sólidos, limpieza de caños, acequias, alcantarillas, vías, espacios públicos y ríos, así como del manejo de animales muertos definidos en este reglamento.

n) Tramitar las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento conforme la legislación vigente en materia de residuos sólidos.

o) Suministrar al ente rector la información que requiera sobre la GIRS del Cantón.

p) Acatar los reglamentos y directrices que en la materia dicte el ente rector.

q) Divulgar e informar los alcances de las acciones desarrolladas para la GIRS.

r) Promover que las acciones que formen parte de la GIRS se construyan y ejecuten de forma participativa.

s) Las demás facultades y atribuciones que otorgan el presente ordenamiento y disposiciones legales aplicables.

Para el cumplimiento de estas acciones, la Municipalidad garantizará que la Unidad Ambiental y los departamentos de Catastro y Patentes cuenten con acceso a una base de datos de contribuyentes completa, actualizada y sistematizada para una eficaz labor de identificación y categorización de generadores, siendo el Departamento de Patentes quien tramite las solicitudes y Catastro quien las introduzca a la base de datos, apoyado por el criterio técnico de la Unidad Ambiental quien determinará por tipo de actividad comercial los casos a dar seguimiento cuando se podrían generar residuos de manejo especial o con características de peligrosidad.


 

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