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 Normativa >> Reglamento municipal 407 >> Fecha 06/08/2015 >> Articulo 70
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Normativa - Reglamento municipal 407 - Articulo 70
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Artículo 70
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Artículo 70.—Prohibiciones hacia los usuarios del servicio de mantenimiento del Alcantarillado Pluvial. Queda completamente prohibido lo siguiente:

a) Depositar aguas residuales al alcantarillado pluvial.

b) Obstaculizar la escorrentía de las aguas con rampas de acceso o similares.

c) Sellar el acceso a cajas de registro.

d) Usar indebidamente las rejillas de las cajas de registro.


 

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