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 Normativa >> Reglamento municipal 407 >> Fecha 06/08/2015 >> Articulo 7
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Normativa - Reglamento municipal 407 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—Plan Municipal para la GIRS. El Plan Municipal para la Gestión Integral de Residuos Sólidos es el instrumento que orientará las acciones para la gestión integral de residuos sólidos en el Cantón. Los planes de acción se evaluarán y actualizarán cada 5 años. La elaboración del Plan se realizará mediante un proceso participativo y será divulgado mediante una audiencia pública de acuerdo a lo descrito en el Artículo 12° de la Ley N° 8839 y el Artículo 21° del Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos (Decreto N° 37567-S-MINAET-H, Alcance Digital N° 52 de La Gaceta N° 55, del 19 de marzo de 2013).


 

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