SECCIÓN III
Disposiciones transitorias
TRANSITORIO I.- Sin detrimento del traslado de recursos, el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) contará con un plazo de seis
meses a partir de la publicación de esta ley, para definir el órgano técnico encargado
de ejercer las actividades de asesoría, coordinación y logística con los
gobiernos locales, a efectos de llevar a cabo un proceso ordenado y efectivo de
la transferencia de competencia y recursos para la atención plena y exclusiva
de la red vial cantonal.
|