TRANSITORIO IV.- (Derogado por el
artículo único de la ley N° 9349 del 16 de febrero del 2016)
Rige a partir del primero de enero posterior
a su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José,
a los quince días del mes de octubre del año dos mil quince.
(Así adicionado el párrafo anterior por Fe de
Erratas y publicada en La Gaceta N° 226 del 20 de noviembre de 2015, página 80)
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