Artículo 16.- La actualización periódica de los parámetros se
realizará con base en los siguientes indicadores:
El Índice de Precios al Productor de Manufactura (IPP-MAN, 2012*100),
calculado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), para los parámetros incluidos
en la fórmula del sector industrial.
El índice de Precios al Consumidor (IPC) calculado por el Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), para los parámetros de la fórmula de
los sectores de comercio, servicios y subsector servicios de tecnologías de
información.
(Nota de Sinalevi: Mediante resolución N° 017-2016 del
11 de marzo del 2016, se actualizan los parámetros anteriores estableciéndose
lo siguiente: “ Se resuelve: actualizar
los valores de referencia de los parámetros monetarios de ventas netas, activos
fijos y activos totales, de los sectores de industria, comercio, servicios y
subsector servicios de tecnologías de información, señalados en los artículos
15, 16 y 17, del Reglamento a la Ley N° 8262, de conformidad con la siguiente
formula:
P =
[(Fpe * pe/Dpe) + (Finpf * inpf/Dinpf) + (Fan * an/Dan)] *
100
Además de lo que se indica en la regulación
y considerando la referencia de cálculo que utiliza el BCCR y los siguientes
parámetros por sector:
|
Industria
|
Comercio
|
Servicio
|
Tecnologías
de información
|
Fpe
|
0,6
|
0,6
|
0,6
|
0,6
|
Fipf
|
0,3
|
0,3
|
0,3
|
0,3
|
Fan
|
0,1
|
0,1
|
0,1
|
0,1
|
Dpe
|
100
|
30
|
30
|
50
|
Dinpf
|
1.765.000.000
|
3.084.000.000
|
3.084.000.000
|
3.084.000.000
|
Dan:
|
1.103.000.000
|
964.000.000
|
964.000.000
|
964.000.000
|
Dónde:
P: corresponde al puntaje obtenido por la empresa.
Fpe: Factor al personal empleado
corresponde al multiplicador del personal empleado en la fórmula de cálculo de
tamaño de empresa, pe: Personal promedio empleado
Dpe: Divisor al personal empleado que se
utiliza en la fórmula de cálculo del tamaño de la empresa.
Finpf: Factor ai
ingreso neto del último periodo fiscal, corresponde al multiplicador del
ingreso obtenido en el periodo fiscal descontando devoluciones y descuentos en
la fórmula de cálculo de tamaño de empresa.
inpf: Ingreso neto obtenido en el último
periodo fiscal.
Dinpf: Divisor del ingreso neto.
Fan: Factor al activo neto, corresponde al multiplicador al activo neto
en la fórmula de cálculo de tamaño de empresa, an:
Activo Neto:
-Para el sector Industrial corresponde al Activo Fijo
Neto=afn.
-Para los otros sectores (Comercio, Servicios y
Tecnologías de información) corresponde al Activo Total Neto=atn.
Dan: Divisor activo neto: Corresponde al divisor del
activo neto.
Siendo que:
a) Para determinar el tamaño de las empresas del sector
industrial, se utilizará la siguiente fórmula:
P = [(0,6 x pe/100) + (0,3 x inpf/¢1.765.000.000)
+ (0,1 x afn/¢1.103.000.000)] x 100
(Corregida la formula anterior
mediante Fe de Erratas y publicada en La Gaceta N° 80 del 27 de abril de 2016,
página 40. Anteriormente dicha fórmula indicaba: “P = [(0,6 x pe/30)
+ (0,3 x inpf/01.765.000.000) + (0,1 x afn/jzí1 103 000 000)] x 100”)
b) Para determinar el tamaño de las empresas del sector
servicios subsector de tecnologías de información, se utilizará la siguiente
fórmula:
P=[(0,6 x pe/50) + (0,3 x inpf/3,084.000.000)
+ (0,1 x an/¢964.000.000)] x 100
(Corregida la formula anterior
mediante Fe de Erratas y publicada en La Gaceta N° 80 del 27 de abril de 2016,
página 40. Anteriormente dicha fórmula indicaba: “P = [(0,6 x pe/50) + (0,3 x inpf/jzí3,084.000.000)
+ (0,1 x an/ íí964.000.000)] x 100”)
c) Para determinar el tamaño de las empresas de los
sectores de comercio y servicios, se utilizará la siguiente fórmula:
P= [(0,6 x pe/30) + (0,3 x inpf/¢3.084.000.000)
+ (0,1 x an/¢964.000.000)] x 100
(Corregida la formula anterior
mediante Fe de Erratas y publicada en La Gaceta N° 80 del 27 de abril de 2016,
página 40. Anteriormente dicha fórmula indicaba:”P - [(0,6 x pe/30) + (0,3 xinpf/^3.084.000.000)
+ (0,1 x an/¿964.000.000)] x 100”)
La presente resolución rige a partir de
su publicación.“)