Artículo 2.- En su carácter de ente rector, le corresponde al Ministerio de Economía,
Industria y Comercio (MEIC):
a) Definir las políticas de apoyo al sector con fundamento en la Ley N°
6054 y su reforma, para lo cual tomará en consideración las recomendaciones del
Consejo Asesor Mixto de la Pequeña y Mediana Empresa.
b) Definir, formular, promover, coordinar y evaluar los programas de
promoción y apoyo de las PYMES, dentro del marco de sus competencias, con
énfasis en la aplicación de soluciones referidas a los obstáculos más
relevantes en su desarrollo; asimismo, darles seguimiento a tales programas.
c) Impulsar, en las instituciones públicas y privadas relacionadas con
el sector, las propuestas tendientes al crecimiento, el fortalecimiento, la
promoción y el desarrollo del sector de PYMES.
d) Coordinar las políticas, los programas, las acciones y las metas
establecidos por las organizaciones del sector público y el sector privado.
e) Impulsar la creación de comités mixtos de técnicos para el diseño de
programas particulares de apoyo a la PYMES.
f) Estimular el desarrollo de las organizaciones empresariales, la
asociatividad y las alianzas estratégicas entre las entidades públicas y
privadas de apoyo a este sector.
g) Establecer mecanismos de simplificación y descentralización que
faciliten la creación, gestión y operación de las PYMES y emprendimientos.
h) Presentar a la Comisión Permanente Especial para el Control del
Ingreso y Gasto Públicos, de la Asamblea Legislativa, un informe anual sobre el
grado de avance de las políticas en beneficio de las PYMES.
i) Crear el registro de PYMES proveedoras del sector público.
j) Coordinar, con el Sistema Bancario Nacional, el diseño de programas
de crédito dirigidos al sector de las PYME y los (as) emprendedores (as).
k) Coordinar, con las instituciones públicas, la actualización del
registro de compras del sector público.
l) Asesorar a las PYMES para que participen en el proceso de licitación
de bienes y servicios al sector público.
m) Certificar la condición de PYME de cada empresa que vaya a
registrarse como proveedora de una institución pública o a participar en una
licitación u otro mecanismo de compra.
n) Fomentar, promover y actualizar el Sistema de Información Empresarial
Costarricense (SIEC), el cual será un sistema centralizado en el Ministerio,
que generará toda la información relativa al fomento y apoyo de la empresa y
emprendedores, y que opere como único registro empresarial.
ñ) Fomentar el acceso de las PYMES a los servicios de comunicación vía
electrónica mediante las aplicaciones que ofrece la plataforma del SIEC.
o) Procurar la formalización de las PYMES informales ya existentes y
apoyar el nacimiento de nuevas empresas.
p) Promover la creación de parques industriales, parques tecnológicos,
centros de investigación, centros de desarrollo tecnológico, incubadoras de
empresas y centros de desarrollo productivo.