Artículo 55.- La Red de Apoyo Pyme y Emprendedores estará
conformada por:
a. Instituciones u organizaciones con representación en el Consejo
Asesor Mixto PYME, vinculadas al desarrollo y promoción de las PYME y los
Emprendedores.
b. Instituciones Bancarias Públicas que promuevan y fomenten programas
de crédito diferenciados y otros, dirigidos al sector PYME y a los
Emprendedores.
c. Instituciones Bancarias y Financieras Privadas que promuevan y
fomenten programas de crédito diferenciados y otros, dirigidos a las PYME y a
los emprendedores que trabajen como operadores del Sistema de Banca para el
Desarrollo.
d. El Consejo Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICIT).
e. Instituciones de la Administración Pública
relacionadas con el Programa Compras del Estado.
f. Instituciones que promuevan el comercio interno de las PYME, que
fortalezcan la comercialización de los productos en el mercado interno.
g. Centros de enseñanza universitaria privada, universidades estatales,
para-universitarias, institutos técnicos y tecnológicos, que tengan programas,
consultorías, asesorías y programas de investigación, vinculación, extensión
docente y responsabilidad social universitarias dirigidas a fortalecer la
productividad y competitividad de las PYME y los emprendedores y el desarrollo
del ecosistema.
h. Instituciones que desarrollen proyectos, programas y actividades
orientadas a facilitar el acceso de las PYME y los emprendedores a los
mecanismos de tutela ambiental, como el uso de tecnologías ambientales limpias,
el conocimiento y cumplimiento de normas y reglamentos de protección y
conservación del medio ambiente, la formación y capacitación para el uso de
elementos correctivos, auditorías ambientales, las evaluaciones ambientales, las
eco-etiquetas, el envase, el embalaje, el reciclaje y la producción más limpia,
y medición de su huella ambiental (hídrica, de carbono, y residuos sólidos).