ANEXO
1
“Reporte
de datos del manejo integral de lodos y biosólidos”
El
reporte de datos deberá ser presentado como complemento al reporte operacional
de aguas residuales según la frecuencia establecida en el artículo 13 del
presente reglamento.
Para el caso de los
proveedores del servicio de tratamiento deberán presentar la siguiente
información:
a) Nombres de los clientes a
los que les brindó el servicio de tratamiento y fechas de recepción.
b) Tipo de lodo (ordinario o
especial).
c) Volumen en metros cúbicos
de lodos recibidos de cada transportista.
d) Volumen total en metros
cúbicos recibido en el periodo reportado por tipo.
e) Cantidad de biosólido
producido.
f) Resultados de análisis de
laboratorio.
g) Disposición final.
h)
Tipo de biosólido en caso de utilizarse para disposición en suelos.
Para
el caso de los proveedores del servicio que dan tratamiento a los lodos
generados por su propia actividad dentro de sus instalaciones deberán presentar
la siguiente información:
a) Volumen total de lodos
tratados en el periodo reportado.
b) Tipo de lodo (ordinario o
especial).
c) Cantidad de biosólido
producido.
d) Resultados de análisis de
laboratorio.
e) Disposición final.
f)
Tipo de biosólido en caso de utilizarse para disposición en suelos.
Para el caso de los proveedores del servicio de tratamiento a
terceros y que dan tratamiento a los lodos generados por su propia actividad,
deberá presentar la siguiente información:
a) Nombres de los
proveedores a los que les brindó el servicio de tratamiento y fechas de
recepción.
b) Volumen de lodos
recibidos por cada proveedor.
c) Volumen de lodos
provenientes de su propia actividad.
d) Volumen total tratado en
el periodo reportado.
e) Tipo de lodo (ordinario o
especial).
f) Cantidad de biosólido
producido.
g) Resultados de análisis de
laboratorio.
h) Disposición final.
i)
Tipo de biosólido en caso de utilizarse para disposición en suelos.