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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39333 >> Fecha 20/10/2015 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39333 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Clasificación de vehículos oficiales. Para los efectos del presente Reglamento los vehículos del Ministerio o de sus órganos adscritos de desconcentración máxima o mínima, serán utilizados bajo la siguiente clasificación:

a) De uso discrecional.

b) De uso semidiscrecional.

c) De uso administrativo.


 

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