Artículo 5°: Apruébanse los siguientes Egresos
Ordinarios y Extraordinarios de la Defensoría de los Habitantes de la
República, para el Ejercicio Económico del 2016:
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido y
tipo de formato consultar Alcance digital N° 112 a La Gaceta N° 240 del 10 de
diciembre de 2015, Tomo V)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo
N° 39590 del 8 de marzo de 2016)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo
N° 39684 del 29 de abril del 2016)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo
N° 39777 del 29 de junio del 2016)
(Así reformado por el artículo 3° y 4° de la ley N° 9385 del 29 de julio
del 2016)
(Modificado por el
artículo 2° del decreto ejecutivo N° 39991 del 20 de octubre de 2016)
(Reformado por el artículo 3° de la ley N° 9417 del 21
de diciembre de 2016)
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