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 Normativa >> Ley 9339 >> Fecha 23/11/2015 >> Articulo 9
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Normativa - Ley 9339 - Articulo 9
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Artículo 9
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ARTÍCULO 9.- LA DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO. Se declara de interés público a las mipymes del sector turismo costarricense, así como al Programa de Apoyo y Reactivación creado al amparo de la presente ley; para ello, se autoriza a las instituciones públicas, para que impulsen actividades de apoyo para el desarrollo de las mipymes del sector turismo costarricense.

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