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 Normativa >> Ley 9339 >> Fecha 23/11/2015 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 9339 - Articulo 8
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Artículo 8
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ARTÍCULO 8.- LOS MECANISMOS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO. Las juntas directivas generales de los intermediarios financieros establecerán los mecanismos de control y seguimiento necesarios para el cumplimiento de los alcances de esta ley, debiendo remitir un informe anual a la Comisión de Turismo de la Asamblea Legislativa.

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