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 Normativa >> Ley 9343 >> Fecha 25/01/2016 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 9343 - Articulo 5
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Artículo 5    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO V.- Se reestructuran los actuales tribunales de trabajo de menor cuantía como tribunales unipersonales especializados y continuarán el conocimiento de los procesos laborales de menor cuantía y cualquier otro que se le asigne. La Corte Suprema de Justicia queda facultada para la reorganización que se requiera, para disponer la clasificación de los puestos y el traslado horizontal o en ascenso del personal que, como resultado de la reestructuración, no sea necesario en esos despachos, sin perjuicio de sus derechos laborales. Continuarán conociendo de los asuntos pendientes, aplicando la ley derogada, pero de forma unipersonal, según distribución equitativa que se hará, hasta su finalización.

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