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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39428 >> Fecha 23/11/2015 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39428 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Facultades para concretar la inspección. Si los dueños, poseedores, sus representantes o funcionarios a cargo, impidieran la entrada al personal autorizado, las Autoridades de Salud podrán utilizar los medios establecidos en el Libro II, Capítulo I y Sección II de la Ley General de Salud, Ley N° 5395, según los artículos que van del 346 al 349, con el fin de tener acceso al predio, equipo o propiedad a inspeccionar.


 

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