Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39472 >> Fecha 18/01/2016 >> Articulo 10
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 10     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 39472 - Articulo 10
Ir al final de los resultados
Artículo 10
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente

Artículo 10.—Declaración jurada. El cumplimiento de las condiciones previas citadas en el artículo 9º del presente reglamento, será declarado por el interesado bajo fe de juramento, en documento que será presentado ante el MS, según el formato que se indica en el Anexo Nº 3 de esta normativa. En dicha declaración la persona interesada deberá también manifestar que conoce y cumple todas las regulaciones específicas vigentes aplicables a su establecimiento. De igual forma deberá indicar en la misma, las resoluciones o actos administrativos correspondientes.

Ir al inicio de los resultados