Artículo
17.—Edificios con diferentes locales. Si en un mismo edificio, existen
varios locales con distintos propietarios donde se desarrollan actividades
comerciales, industriales o de servicios, y se mantiene la Resolución Municipal
de Ubicación original, cada propietario o representante legal de estos
establecimientos (locales), deberá tramitar el PSF ante el Ministerio de forma
independiente, para lo cual se deberá cumplir con las condiciones previas del
artículo 9º, según corresponda, y los requisitos del artículo 11º, ambos del
presente reglamento.
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