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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39472 >> Fecha 18/01/2016 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39472 - Articulo 26
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Artículo 26    (No vigente*)
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Artículo 26.-Plazos de resolución: Las DARS deberán resolver las solicitudes de permiso sanitario de funcionamiento, en los plazos siguientes, según su categoría de riesgo:

a. Grupo de riesgo A: Establecimientos de categoría de riesgo alto: 7 días hábiles.

b. Grupo de riesgo B: Establecimientos de categoría de riesgo moderado: 7 días hábiles.

c. Grupo de riesgo C: Establecimientos de categoría de riesgo bajo: En el momento de la presentación de los documentos indicados en los artículos 11 ó 13, según corresponda, del presente reglamento. En este caso, la copia del Formulario de Solicitud, con el sello y la firma del funcionario que recibió la solicitud, permitirán la operación de este tipo de establecimiento y será equivalente al certificado de PSF.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41435 del 2 de octubre del 2018)

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