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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39453 >> Fecha 14/10/2015 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39453 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15.—Responsabilidades de la Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica de la Asamblea General y del Directorio del COREDES, es responsabilidad de las Direcciones Regionales de MIDEPLAN, ejerciendo las siguientes funciones:

a) Facilitar los procesos de planificación de la región conducentes a la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Regional de Desarrollo y Plan Anual de trabajo del COREDES.

b) Asesorar al COREDES en materia de planificación y temas específicos de interés para el desarrollo regional.

c) Impulsar procesos de formación y capacitación a los segmentos integrantes del COREDES en materia de planificación, proyectos, seguimiento y evaluación para el desarrollo regional.

d) Impulsar que las Direcciones Regionales Institucionales canalicen los proyectos regionales de inversión pública en sus instituciones y los inscriban en el BPIP, con el fin de garantizar la programación presupuestaria y la ejecución regional.

e) Establecer e impulsar los procedimientos para la implementación del presente Decreto Ejecutivo en la respectiva región.

f) Facilitar los procesos de coordinación y comunicación entre el COREDES, los Consejos Territoriales de Desarrollo Rural y los CCCI.

g) Realizar cualquier otra acción que corresponda de acuerdo con sus funciones.


 

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