Artículo
27.—Seguimiento de los programas y proyectos de alcance regional contenidos
en el POI. En el seguimiento de los programas y proyectos estratégicos de
alcance regional, las instituciones, por medio de sus direcciones o
representantes regionales, semestralmente entregaran al COREDES el informe de
avance de la ejecución física y presupuestaria.
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