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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39453 >> Fecha 14/10/2015 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39453 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32- Deber de Cumplimiento. Las instituciones públicas velarán por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Decreto Ejecutivo; especialmente MIDEPLAN, INDER, IFAM, DINADECO, JAPDEVA, JUDESUR, INCOP que deberán articular esfuerzos institucionales para coordinar y asegurar la participación municipal, la empresa privada y de las organizaciones productivas y cívico comunales en los órganos de los COREDES.


 

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