Artículo
32- Deber de Cumplimiento. Las instituciones públicas velarán por el
cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Decreto
Ejecutivo; especialmente MIDEPLAN, INDER, IFAM, DINADECO, JAPDEVA, JUDESUR,
INCOP que deberán articular esfuerzos institucionales para coordinar y asegurar
la participación municipal, la empresa privada y de las organizaciones
productivas y cívico comunales en los órganos de los COREDES.
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