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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39480 >> Fecha 10/11/2015 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39480 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20°—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de noviembre del dos mil quince.


 

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