ARTÍCULO 105.- Reajuste del precio del
arrendamiento
105.1 Procedencia. Será procedente el proceso sumario de reajuste del
precio del arrendamiento, cuando se pretenda modificar el monto de la renta en
los casos previstos por la ley.
105.2 Requisitos de la demanda y documentos. Además de los
requisitos dispuestos por disposiciones generales y las leyes especiales, en la
demanda se deberá consignar la ubicación exacta del inmueble, el precio de la
renta vigente, la antigüedad de la renta y la nueva renta pretendida. Se
acreditará la propiedad y la existencia del contrato de arrendamiento, si lo
hubiera.
105.3 Renta provisional. En la resolución inicial, a solicitud de parte, el
tribunal fijará una renta provisional de alquiler, la cual deberá depositar el
arrendatario a partir de la mensualidad siguiente a su firmeza, sin perjuicio
de que el monto sea modificado en sentencia. En caso de incumplimiento, a
solicitud de parte, se ordenará la entrega inmediata del inmueble y si es
necesario el desalojo. Las sumas depositadas a título de renta serán giradas de
inmediato al actor.
105.4 Sentencia estimatoria. En la sentencia estimatoria se fijará el
monto de la renta que regirá y su período de vigencia.
105.5 Efectos de la sentencia y diferencias entre la renta provisional y
la definitiva. El precio fijado en la sentencia será retroactivo a la mensualidad
siguiente a la notificación de la demanda. Si resulta mayor al fijado
provisionalmente, en esa misma resolución se concederá al arrendatario
un plazo de tres meses para que deposite al juzgado la totalidad de las
diferencias, bajo apercibimiento que de no hacerlo se ordenará la
entrega del inmueble y si es necesario el desalojo. Cuando se ordene la
entrega del inmueble por falta de pago de las diferencias, se podrá
reclamar el pago en el mismo expediente y ejercer derecho de retención
en los mismos términos en que está previsto para el proceso de desahucio.
Si el precio resulta menor, las diferencias se le devolverán al arrendatario
dentro del mismo plazo o se aplicarán a rentas futuras, a su elección.
|