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 Normativa >> Ley 9342 >> Fecha 03/02/2016 >> Articulo 124
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Normativa - Ley 9342 - Articulo 124
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Artículo 124
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ARTÍCULO 124.- Abogado director de la sucesión

El abogado director de la sucesión será elegido libremente por el albacea.

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