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 Normativa >> Ley 9342 >> Fecha 03/02/2016 >> Articulo 138
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Normativa - Ley 9342 - Articulo 138
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Artículo 138
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ARTÍCULO 138.- Efectos de la ejecución imposible

Cuando la ejecución resulte imposible, por cualquier motivo, el obligado deberá indemnizar a la parte contraria los daños y perjuicios causados.

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