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 Normativa >> Ley 9342 >> Fecha 03/02/2016 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 9342 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO III.- A partir de la entrada en vigencia de este Código, los procesos ordinarios y abreviados de mayor cuantía, en los cuales no haya iniciado la fase probatoria, pasarán al tribunal colegiado de primera instancia.

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