Artículo 6.- Los principios y normas de ética médica contenidos en los
acuerdos de los organismos internacionales, ratificados por el Colegio de
Médicos y Cirujanos de Costa Rica, servirán para ilustrar e integrar las normas
éticas del presente Código. En especial se aplicará supletoriamente los
principios éticos contenidos en las siguientes disposiciones normativas o declaraciones
tales como:
a) Juramento Hipocrático.
b) Declaración de Ginebra de la Asociación Médica Mundial.
c) Código de Núremberg.
d) Declaración Universal de los Derechos Humanos.
e) Declaración de Helsinki.
f) Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos.
g) Pautas Éticas Internacionales para la Investigación Biomédica en
Seres Humanos.
h) Cualquier otra norma que en materia de salud suscriba el país.
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