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Artículo 8º.-
Modificación, división y retiro de la solicitud.
1. El solicitante podrá modificar su
solicitud, e incluso podrá modificar las reivindicaciones; pero esto no podrá
implicar una ampliación de la invención divulgada ni una expansión de la
divulgación contenida en la solicitud inicial.
(Así
reformado el inciso anterior por el artículo 2° aparte f) de la Ley N° 8632 del
28 de marzo de 2008)
2. El solicitante podrá dividir su solicitud
en dos o más fracciones, pero ninguna de ellas podrá implicar una ampliación de
la invención o de la divulgación contenida en la solicitud inicial. Cada
solicitud fraccionaria se beneficiará con la fecha de presentación de la
solicitud inicial.
3. El solicitante podrá retirar en cualquier
momento su solicitud.
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