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 Normativa >> Ley 6867 >> Fecha 25/04/1983 >> Articulo 39
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Normativa - Ley 6867 - Articulo 39
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Artículo 39
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39

Artículo 39.- Los beneficios otorgados por la presente ley no se aplicarán respecto de los bienes y productos que el Estado o sus instituciones importen a título de donación o pago en especie.

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