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 Normativa >> Ley 6867 >> Fecha 25/04/1983 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 6867 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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III.- Los libros de registro se continuarán en la misma forma y orden existente, pero el Registro se proveerá de una serie nueva de libros destinados a la inscripción de modelos y dibujos industriales y modelos de utilidad, con numeración inicial únicamente para estas inscripciones.

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