Artículo 30º-De la conformación, sesiones y funcionamiento de los
órganos colegiados administrativos y técnicos. La conformación, sesiones y
funcionamiento de los órganos colegiados se llevan a cabo de acuerdo a los
procedimientos establecidos por ECA para tal fin.
Lo no previsto en el presente artículo se regirá por lo dispuesto en
Capítulo III, De los Órganos Colegiados, Título II de la Ley General de la
Administración Pública Nº 6227.
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