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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39508 >> Fecha 24/08/2015 >> Articulo 44
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39508 - Articulo 44
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Artículo 44
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Artículo 44º-Deber de excusa de evaluadores y expertos técnicos. Los evaluadores y expertos técnicos deben excusarse de participar en procedimientos de acreditación, en los cuales tengan conflicto de interés.

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