Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39620 >> Fecha 07/04/2016 >> Articulo 18
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 18     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 39620 - Articulo 18
Ir al final de los resultados
Artículo 18
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 18.—En lo no regulado expresamente, el presente procedimiento se regirá por la disposiciones contenidas en la Ley General de Migración y Extranjería, Ley N° 8764 del 19 de agosto de 2009; además, supletoriamente, por la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227, de 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 8220, Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, de 4 de marzo de 2002, el Código Procesal Contencioso- Administrativo, Nº 8508, de 28 de abril de 2006; y el Reglamento de Personas Refugiadas, Decreto Nº 36831-G del 28 de setiembre del 2011.

Ir al inicio de los resultados