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 Normativa >> Reglamento municipal 312 >> Fecha 19/04/2016 >> Articulo 14
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Normativa - Reglamento municipal 312 - Articulo 14
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Artículo 14
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ARTÍCULO 14.- Atribuciones de la asamblea general de accionistas

Serán atribuciones de la asamblea general de accionistas:

a) Nombrar y destituir al fiscal.

b) Aprobar, dentro de los alcances del presente acuerdo del Concejo Municipal, el Pacto Constitutivo y sus reformas.

c) Conocer anualmente los estados financieros de la entidad.

d) Acordar la disolución anticipada de la SPEM, con la decisión de la mayoría del capital social.

e) Nombrar y remover, cuando proceda, a los miembros de la junta directiva, según los procedimientos y requisitos fijados en el presente acuerdo del Concejo Municipal.

f) Aprobar contratos y convenios relacionados con los fines de la SPEM.

g) Acordar la emisión de títulos de crédito.

h) Decidir todo lo relativo a la administración de los bienes pertenecientes a la SPEM.

i) Aprobar los aumentos de capital social, cuando la sociedad lo requiera.

j) Las demás funciones señaladas en el presente acuerdo del Concejo Municipal o en el Pacto Constitutivo.


 

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