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 Normativa >> Reglamento municipal 312 >> Fecha 19/04/2016 >> Articulo 23
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Normativa - Reglamento municipal 312 - Articulo 23
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Artículo 23
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ARTÍCULO 23.- Autorización para invertir

Se autoriza a la municipalidad para invertir recursos financieros y humanos en esta empresa. Para tal efecto, el monto requerido será presupuestado en un solo período o en varios períodos; además, podrán hacer aportes en especie. De igual manera lo podrán hacer las instituciones del Estado.


 

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