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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39724 >> Fecha 02/05/2016 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39724 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio
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Transitorio II: El MINAE, en el plazo de seis meses contado a partir de la fecha de publicación del presente reglamento, deberá normar la calidad de los combustibles que permita el ingreso de las tecnologías indicadas en el artículo 7 de este reglamento.

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