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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39724 >> Fecha 02/05/2016 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39724 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22.- Vigencia: Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dos días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

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