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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39652 >> Fecha 29/02/2016 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39652 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Los estándares de interoperabilidad aprobados en el presente Decreto y los que sean aprobados por “La Comisión”, serán publicados en la página oficial del Ministerio de Salud a disposición de la sociedad en general.

a) -Las especificaciones y normas de uso deberán ser aprobados por “La Comisión”.

b) -“La Comisión” será la responsable de actualizar periódicamente las normas y estándares de transferencia de datos de salud, las cuales serán revisadas según el Plan de trabajo de dicha Comisión.

c) -Las normas publicadas contienen un conjunto de metadatos que deberán cumplir las instituciones y organizaciones involucradas.

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