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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39669 >> Fecha 17/02/2016 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39669 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°—El Órgano asesor se reunirá de forma ordinaria al menos una vez al mes, en el lugar que sus integrantes definan y de forma extraordinaria cuando el representante de la Dirección General del SENASA lo convoque en el lugar que este indique.

El quorum para sesionar será de seis de sus miembros. En caso de no haber quorum en la hora señalada, podrá sesionarse en segunda convocatoria pasados treinta minutos después de la primera, y para ello será suficiente la asistencia de los miembros presentes.

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los miembros presentes.

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