ARTÍCULO 2.- Son atribuciones de la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur
(Judesur) las siguientes:
a) Promover de manera planificada y eficiente el desarrollo regional
sostenible e integral de los cantones de Golfito, Corredores, Buenos Aires, Osa
y Coto Brus, por medio del financiamiento reembolsable y no reembolsable de
proyectos productivos, sociales y ambientales.
Lo anterior, mediante la elaboración y la ejecución del Plan Estratégico
Institucional de Judesur.
b) Apoyar estrategias de regionalización en el desarrollo de proyectos dirigidos
a dinamizar la economía y el desarrollo de la zona sur.
c) La administración, la operación, la promoción, el mantenimiento y la gestión
del giro comercial del Depósito Libre Comercial de Golfito.
Se exceptúa de esta administración las funciones que le competen al Ministerio
de Hacienda.
d) Adquirir y administrar toda clase de activos, bienes muebles e inmuebles,
necesarios para el buen logro de sus fines, patrimonio
que será administrado de manera autónoma.
e) Las demás atribuciones otorgadas por el ordenamiento jurídico.
|