ARTÍCULO 62.- La asignación de los recursos a las diferentes
organizaciones de cada uno de los cantones se realizará de forma prioritaria si
los proyectos a ejecutar se enmarcan dentro del Plan Estratégico Institucional,
y únicamente cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Junta de
Desarrollo Regional de la Zona Sur (Judesur), de acuerdo con su contenido presupuestario
y las distribuciones establecidas por esta ley.
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