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 Normativa >> Ley 9356 >> Fecha 24/05/2016 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 9356 - Articulo 5
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Artículo 5    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO V.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de noventa días naturales, contado a partir de su entrada en vigencia.

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