Artículo
4º—Será responsabilidad de la Dirección General y la Unidad de Planificación, o
los departamentos internos equivalentes, contemplar en sus informes de
desempeño las observaciones y recomendaciones emitidas en los informes de la
Auditoría Interna, así como los avances realizados para su cumplimiento. Será
responsabilidad de la Unidad de Control o el departamento interno equivalente,
dar seguimiento a la implementación de estas recomendaciones, dentro del ámbito
de su competencia.
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