Artículo 13.- Requisitos
generales para la solicitud de habilitación de servicios de salud y afines en
actividades temporales: El
interesado en el trámite de solicitud de habilitación de servicios de salud y
afines en actividades temporales, deberá
presentar original y copia de los siguientes documentos:
a. Presentación del Formulario de solicitud, según el Anexo 5 del
presente reglamento.
b. Autorización del dueño o responsable legal de las instalaciones donde
se realizará la actividad.
c. Un listado del personal profesional en ciencias de la salud y
profesiones afines, así como del personal técnico, que laborará en la
actividad, detallando nombre completo, cédula, profesión u oficio y código
profesional o de registro según corresponda.
d. Cédula de identidad o DIMEX (libre condición) del responsable
legal. En cumplimiento de las
disposiciones de la Ley No. 8764 del 19
de agosto del 2009 "Ley General de
Migración y Extranjería", el DIMEX
debe consignar el estado
de "libre condición".
e. En caso de persona jurídica debe aportar certificación registral o
notarial de la personería jurídica vigente con no más de un mes de emitida.
f. Cédula de identidad
o DIMEX del
responsable técnico. En
cumplimiento de las disposiciones de la Ley No. 8764 del 19
de agosto del 2009 "Ley General de Migración y Extranjería", el DIMEX
debe consignar el estado de "libre condición".
g. Certificación del Colegio Profesional respectivo de que el
responsable técnico se encuentra inscrito y activo.
h. Regencia autorizada por el colegio profesional respectivo, cuando la
Ley General de Salud o alguna ley especial lo requiera, según el tipo de
servicio de salud que este desarrolle.
i. Plan de gestión de residuos
incluyendo los desechos bioinfecciosos, según lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 30965-S del 17 de diciembre del 2002
"Reglamento sobre la gestión de los desechos infecto-contagiosos que se
generan en establecimientos que prestan atención a la salud y afines".
j. Certificación de estar inscrito como patrono, trabajador
independiente o en ambas modalidades, según corresponda, y al día en el pago de
las obligaciones según los artículos 74 y 74 bis, de la ley N° 17 del 22 de
octubre de 1943 "Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS" y con las
obligaciones con el FODESAF de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22
de la Ley N° 5662 del 23 de diciembre de 1974 "Ley de Desarrollo
Social y Asignaciones Familiares".
k. Presentar una carta de compromiso en la que se disponga que durante
la vigencia del certificado de habilitación, se estará al día con el envío de
los informes de eventos de salud de notificación obligatoria, así como con otra
información requerida por la autoridad de salud en sus funciones de inspección,
vigilancia y control de la actividad que se desarrollará la actividad temporal.
Los funcionarios del Ministerio de Salud verificarán en los registros de
información internos el cumplimiento del envío de la información, para lo cual
deberán dejar constancia en el expediente administrativo del servicio de salud.
l. Presentar la póliza de riesgos del trabajo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 193 del Capítulo 1° del Título IV del Código de
Trabajo.