Artículo 37.- Del plan de gestión
integral de residuos: El Plan
de Manejo Integral de Residuos deberá ajustarse a lo establecido en los
artículos 23, 24 y en el Anexo II del Decreto Ejecutivo No. 37567-S-MINAET-H
del 2 de noviembre del 2012 "Reglamento General a la Ley para la Gestión
Integral de Residuos"
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