Artículo
36-. Procedimiento para la resolución del contrato. La resolución
del contrato procede por el incumplimiento grave del contratista de las
obligaciones esenciales del contrato. Cuando en los informes elaborados por el
responsable de la ejecución del contrato se recomiende la resolución del
contrato por incumplimiento grave imputable al contratista, este preparará la
documentación que corresponda, para lo cual podrá solicitar el asesoramiento de
la Asesoría Jurídica, se deberá respetar el debido proceso.
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