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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 30/05/2016 >> Articulo 63
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 63
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Artículo 63
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Artículo 63-. Prohibiciones: Queda prohibido efectuar las siguientes actividades con el fondo:

a. El cambio de cheques.

b. Efectuar Fraccionamiento ilícito de compras.

c. Efectuar pagos fuera de lo contemplado en este reglamento.

d. Usarse para cualquier fin distinto al que fue creado.


 

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