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 Normativa >> Reglamento 0 - 1 >> Fecha 27/05/2016 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento 0 - 1 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º—Una vez hecha esa determinación, la Dirección Ejecutiva queda facultada para negociar en forma individual y directa con el (los) medio (s) seleccionado (s), en la forma que mejor se satisfaga el interés institucional y teniendo siempre como norte lograr las mejores condiciones para el SBD. Para estos efectos, se procurará negociar tarifas preferenciales, participación de multimedios, descuentos extraordinarios, bonificaciones, etc.

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