Artículo 9º—Una vez hecha esa determinación, la
Dirección Ejecutiva queda facultada para negociar en forma individual y directa
con el (los) medio (s) seleccionado (s), en la forma que mejor se satisfaga el
interés institucional y teniendo siempre como norte lograr las mejores
condiciones para el SBD. Para estos efectos, se procurará negociar tarifas
preferenciales, participación de multimedios, descuentos extraordinarios,
bonificaciones, etc.
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